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Asamblea General:

Es el máximo órgano de gobierno de la Cooperativa, sus decisiones obligan a todos sus socios y demás órganos, siempre que estas decisiones no sean contrarias a las normas jurídicas que rigen su funcionamiento y actividades.

Funciones de la Asamblea General de Representantes:

  1. Aprobar y reformar el Estatuto Social, el Reglamento Interno, el Reglamento De Elecciones y el Reglamento de Buen Gobierno;
  2. Elegir a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia;
  3. Remover a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia, con causa justa, en cualquier momento, cumpliendo el debido proceso, garantizado el derecho a la defensa, y con el voto secreto de más de la mitad de sus integrantes;
  4. Aprobar o rechazar los estados financieros y los informes de los Consejos y de la Gerencia. El rechazo de los informes de gestión implica el inicio de un procedimiento interno para la remoción del directivo o directivos responsables, con el voto de más de la mitad de los integrantes de la Asamblea;
  5. Conocer el plan estratégico y el plan operativo anual con su presupuesto, presentados por el Consejo de Administración;
  6. Autorizar la adquisición, enajenación o gravamen de bienes inmuebles de la Cooperativa, o la contratación de bienes o servicios, cuyos montos le corresponda según su normativa interna;
  7. Conocer y resolver sobre los informes de Auditoría Interna y Externa;
  8. Decidir la distribución de los excedentes, de conformidad con la Ley, su Reglamento General, y el presente Estatuto;
  9. Resolver las apelaciones planteadas por los socios sancionados por el Consejo de Administración;
  10. Definir el número y el valor mínimo de aportaciones que deberán suscribir y pagar los socios;
  11. Aprobar el reglamento que regule dietas, viáticos, movilización, gastos de representación y otras retribuciones. Al Presidente le corresponde gastos de representación; a los vocales dietas; a los representantes o socios de la Asamblea General alimentación y movilización; y, para los miembros de comités o comisiones especiales otras retribuciones. Estos gastos, en su conjunto, no podrán exceder del diez por ciento (10%) del presupuesto para gastos de administración de la Cooperativa;
  12. Resolver la fusión, conversión, escisión, y liquidación voluntaria;
  13. Conocer los honorarios y cualquier otro beneficio social y compensación que perciba el gerente y las remuneraciones o cualquier otro ingreso, de ser el caso, que perciban los ejecutivos de la Cooperativa;
  14. Elegir a la persona natural o jurídica que se responsabilizará de la auditoría interna o efectuará la auditoría externa anual, de la terna de auditores seleccionados por el Consejo de Vigilancia de entre los calificados por la Superintendencia. En caso de ausencia definitiva del auditor interno, la Asamblea General procederá a designar su reemplazo, dentro de treinta días de producida ésta. Los auditores externos serán contratados por periodos anuales. El ejercicio del cargo de auditor interno regirá a partir del registro del nombramiento en la Superintendencia, hasta tanto continuará en funciones el auditor cuyo periodo esté feneciendo;
  15. Autorizar la emisión de obligaciones de libre negociación en el mercado de valores, aprobando las condiciones para su redención; y,
  16. Las demás establecidas en la Ley y su Reglamento