Principal > Requisitos Delegado Local
Delegado Local:
Son socios que velan por la gestión administrativa de las agencias de la cooperativa.
Para ser candidatos, los socios deben cumplir el siguiente perfil:
- Tener al menos dos años como socio en la Cooperativa, a excepción de las sucursales nuevas en cuyo caso el tiempo será de por lo menos la mitad del tiempo de funcionamiento de dicha sucursal o mínimo 6 meses de socio;
- Estar al día en sus obligaciones crediticias con la cooperativa;
- No haber incurrido en castigo de sus obligaciones con cualquier institución financiera;
- No encontrarse litigando contra la Cooperativa;
- No estar ejerciendo ninguna dignidad de elección popular;
- Todo socio podrá ser candidato y en lo posible deberá tener título profesional de tercer o cuarto nivel, según las definiciones de la Ley que regule la educación superior en profesiones relacionadas con administración de empresas, economía, finanzas, contabilidad, auditoría o jurisprudencia;
- Acreditar la aprobación de alguno de los programas de educación cooperativa;
- Tener al menos una cuenta activa;
- Ser socio de la sucursal a la cual va a representar;
- No ser empleado o directivo de otra institución financiera;
- No haber sido separado como empleado de la cooperativa por trámite de visto bueno o despido intempestivo.
- No haber sido excluido como socio de la Cooperativa o estar inmerso en un proceso de exclusión.
- No podrán ser elegidos delegados locales, los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de los colaboradores de la sucursal a la que va a representar, los vocales del Consejo de Administración o Vigilancia en funciones, del gerente, sus cónyuges o convivientes en unión de hecho legalmente reconocidos. Si dos o más socios son electos como delegados locales de una misma sucursal y cumplen con los grados de parentesco citados en la presente disposición se considerará como ganador únicamente al socio con mayor votación.
- No mantener reelecciones consecutivas en los últimos dos periodos;
- No haber perdido la calidad como Delegado Local en el periodo anterior inmediato por las causales establecidas en el Reglamento Interno.